este Tribunal niega la admisión de la presente demanda, de conformidad con lo previsto en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, por ser contraria a una disposición expresa de la ley, especialmente a lo establecido en los artículos 777 del Código de Procedimiento Civil y 117 de la Ley Orgánica de Registro Civil, y así se decide.-