En base a las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil decreta: La Perención y en consecuencia declara: Extinguida la Instancia, en el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCION A COMPRAVENTA, incoado por el ciudadano NELSON JOSE BUCARAN DEFENDINI, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.280, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano DENNYS ALEXANDER DIAZ RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.295.226, y domiciliado en el Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, en contra de los ciudadanos WILFREDO DE JESUS HANO LOPEZ y MARIA JESUS CHEOUG DE HANO.....