Por las razones expuestas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta la CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, solicitada por los ciudadanos: HIRAN JOSE MACHADO BANDRES y YOLIMAR PARISI CAMACHO, ambos plenamente identificados, y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unió celebrado en fecha 14 de Diciembre de 2.002, por ante el Consejo Municipal del Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui