Como corolario de lo antes expuesto, este Tribunal se declara incompetente por la materia para conocer de la demanda contenciosa por participación y liquidación de la comunidad conyugal interpuesta por el ciudadano FLORENCIO ANTONIO CANACHE CHAURAN, mayor de edad, de nacionalidad venezolana, de estado civil divorciado, titular de la cedula de identidad Nº 8.240.304, a través de su apoderada judicial LUZ ESTELA STELLA
2
GUERRERO SALINA, venezolana, mayor de edad, titular de cedula de identidad Nº 5.486.957, abogada en ejercicio e inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 111.302, contra la ciudadana MRITZA MARGARITA MAIZ VILLALBA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de profesión educadora, titular de la cedula de identidad Nº 8.331.505, y declina su conocimiento en uno de cualquiera de los Tribunales de Primera Instancia en materia civil ( persona, bienes, familia), mercantil agrario y del Transito de esta Circunscripción Judicial. En consecuencia, remítase las presentes actua.....