Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y con base en el Artículo 185-A del Código Civil, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio propuesta por los ciudadanos : LEISDER ANTONIO CASARES SOTO y MARLENI BEGONIA IBAÑEZ MARTINEZ, antes identificados, y por consiguiente se disuelve el vínculo matrimonial existente entre ambos, en fecha 06 de febrero de 1987, por ante la Prefectura del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, según consta de copia certificada de acta de matrimonio signada con el N° 053. Así se decide.
Se deja expresa constancia que la competencia de este Tribunal de Municipio para conocer sobre el Asunto en comento, le fue atribuida mediante Resolución Nº. 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, en su artículo 3, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº. 39.152, de fecha 02 de abril de 2009.
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