Por todas las consideraciones hechas anteriormente este Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de La Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara SIN LUGAR la perención de la instancia, solicitada por el ciudadano Wilman José Lugo, parte demandada en el presente juicio, asistido por la abogada Milagros Trinidad Bruces.- Así se decide.
Regístrese y publíquese.-
Dado, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Barcelona, a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil siete (2007). - Años 196° de la Independencia y 145° de la Federación.-
El Juez Temporal,
Abg. Jesús Gutiérrez
La Secretaria,
NOTA: En esta misma fecha de hoy, siendo las 12:31p.m., se dictó y publicó la anterior sentencia, previas las formalidades de Ley.- Conste.-
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