Conforme fue solicitado por el representante legal de la parte actora, se acuerda devolver el original del instrumento poder acompañado al libelo de la demanda, previa su certificación en autos.
En cuanto a la devolución de los documentos facturas en que se fundamento la presente acción, el Tribunal niega la solicitud, por cuanto al haber pagado la obligación la parte deudora, conforme lo admite la parte demandante en la diligencia mediante la cual desiste de la acción "por cuanto la obligación fue cancelada por la empresa deudora", los documentos deben ser retirados por la empresa PROCESADORA DE CAMARONES S.A. (PROCAM S.A.).Así se decide.
La Juez Provisorio,
Abog. María Eugenia Pérez
La Secretaria,
Abog. Carmen Calma
ASUNTO : BP02-M-2009-000112