En consecuencia, por los motivos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA LA DECADENCIA DE LA PRESENTE CAUSA, por falta de interés procesal y la extinción de la pretensión.- Y así se declara.-