este Tribunal para proveer sobre solicitado observa:
Primero: Homologa el convenimiento celebrado entre las partes identificadas supra, en los términos antes expuestos, en consecuencia, se procede en sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, dando por terminado el presente juicio.
Segundo: Conforme fue acordado por las partes, se acuerda expedir por Secretaría dos (02) copias certificadas del escrito que contiene el convenimiento celebrado entre las partes, y del presente auto.
Tercero: Conforme fue solicitado, por las partes en la diligencia de fecha 21 de noviembre de 2007, se acuerda la devolución de las facturas acompañadas al libelo de la demanda, previa su certificación en autos.
Así se decide, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley