Por todos lo motivos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la pretensión de cobro de bolívares (Vía Ejecutiva), interpuesta por la Administradora Chamariapa C.A., contra la ciudadana Jessica Marcano, ambas partes plenamente identificada up-supra en el presente fallo. Se condena en costas a la demandante por haber sido totalmente vencida en el proceso conforme a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
Regístrese, publíquese y notifíquense a las partes de la presente decisión.