"...en consecuencia este Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA SECUESTRADO el bien inmueble constituido por un Local Comercial donde funciona la compañía BODEGON DOÑA TEO, C.A., distinguido con el Nº 3, alinderado de la siguiente manera: NORTE: con deposito; SUR: con estacionamiento y Avenida Cumanagoto; ESTE: con local Nº 2 y OESTE: con locales que se encuentran dentro del centro comercial ubicado en la Avenida Cumanagotos, Sector Maurica, Barcelona, Estado Anzoátegui. Y ASI SE DECLARA..."