En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL ALEGATO DE PRESCRIPCION hecho por la empresa demandada no entrando el tribunal a pronunciarse al fondo.