En mérito de los fundamentos antes establecidos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: EL DESISTIMIENTO del recurso de nulidad interpuesto por el profesional del derecho CARLOS GARCIA, en su carácter de apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Simon Bolívar del estado Anzoátegui, contra Providencia administrativa numero 00283-2011 dictada por la Inspectoría del Trabajo Alberto Lovera de Barcelona del Estado Anzoátegui, en fecha 08 de julio del 2011, conforme lo prevé el último aparte del artículo 81 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.