Por lo que en base a lo antes expuesto y al lograr demostrar la parte actora la violación de normas de orden público forzoso es para este Tribunal declarar CON LUGAR la acción que por disolución de sindicato incoara la empresa Procesadora de Camarones S.A (PROCAM S.A) incoare en contra del SINDICATO ORGANIZADO DE TRABAJADORES CLASISTAS DE LA EMPRESA PROCESADORA DE CAMARONES (SORTRAPROCAM) de conformidad con lo dispuesto en los artículos 459 literal a de la Ley Orgánica del Trabajo, ordenándose una vez que quede firme la presente decisión la notificación correspondiente a la Inspectoria del Trabajo de Barcelona con el fin que proceda a realizar los tramites correspondientes, en el entendido que una vez firme la sentencia, queda revocada la personalidad jurídica que el Inspector del Trabajo había concedido a la accionada al registrar al SINDICATO ORGANIZADO DE TRABAJADORES CLASISTAS DE LA EMPRESA PROCESADORA DE CAMARONES (SORTRAPROCAM) y en consecuencia, no podrá ejecutar la enti.....