Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la presente solicitud por Calificación de Despido, incoada por el ciudadano LUIS ALFONSO CUMANA GONZALEZ en contra de las empresas PROFELIM C.A., e INDUSERVI C.A, ambos supra identificados.