Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de La Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por el ciudadano ALFREDO JOSÉ SÁNCHEZ CAMPOS, supra identificado en contra de la Providencia Administrativa número 00097-2017 emanada de la Inspectoría del Trabajo Alberto Lovera de Barcelona Estado Anzoátegui en fecha 9 de junio de 2017, en el marco del expediente Nro 003-2016-01-00594. SEGUNDO: SIN LUGAR la solicitud de autorización de despido del trabajador ALFREDO JOSÉ SÁNCHEZ CAMPOS, peticionada en sede administrativa por la empresa COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A.
Publíquese y regístrese. Déjese copia de la presente decisión.
Notifíquese la misma al Procurador General de la Republica conforme lo prevé el articulo 98 de.....