Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JUAN DE CAPISTRANO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA en la solicitud de Obligación Alimentaria, incoada por la ciudadana HERMINIA ROSALÍA GUZMÁN PECHE, portadora de la cédula de identidad Nº V.-13.367.550, en contra del ciudadano JORGE LUIS DIAZ, portador de la cédula de identidad Nº V.-14.077.107, en beneficio del niño ***************.