Por todos los fundamentos expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JUAN DE CAPISTRANO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA en la demanda por DAÑOS MATERIALES (TRÁNSITO) intentado por el Abogado JOSE GREGORIO PORRAS ROJAS, Inpreabogado N°63.669, portador de la cédula de identidad Nº V.-8.274.948 en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FRANKLIN RON LARA, portador de la cédula de identidad N° V.-5.472.861 en contra de la ciudadana SAVERIA MEOLA DE MARIN, portadora de la cédula de identidad N° 3.170.267.