Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JUAN DE CAPISTRANO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA en la solicitud de Obligación Alimentaria, incoada por la ciudadana CARMEN EMILIA CHOPITE, portadora de la cédula de identidad Nº V.-8.252.917, en contra del ciudadano PEDRO RAFAEL SOLANO, portador de la cédula de identidad Nº V.-13.166.819, en beneficio del niño PEDRO LUIS SOLANO CHOPITE.
Se ordena notificar a las partes de lo aquí decidido.