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jueves, 19 de febrero de 2009
RESOLUCIÓN N° 02/2009
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL



Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui

Barcelona, 19 de Febrero de 2009

198º y 149º





ASUNTO PRINCIPAL : B101-I-2009-000001

ASUNTO : B101-I-2009-000001





RESOLUCIÓN N° 02/2009



Quien suscribe, DRA. GILDA COROMOTO MATA CARIACO, Jueza Presidenta del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui en uso de las atribuciones que me confiere el articulo 534 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el 553 Ejusdem.





CONSIDERANDO



Que por Resolución N° 2007-054 de fecha 12 de diciembre de 2007 emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, se procedió a implementar el Tribunal de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, el cual forma parte de este Circuito Judicial Penal.







CONSIDERANDO



Que el Tribunal de Violencia contra la Mujer de este Circuito Judicial se encuentra ubicado en el edificio sede de los Tribunales Penales del Barcelona, y esta constituido en primera instancia por dos (02) jueces especializados en función de control, audiencia y medida; y una (01) jueza especializada en función de juicio; designados según las Resoluciones N° 2008-0047 y 2008-0055, emanadas de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia de fechas 17 de abril de 2008, y 06 de mayo de 2008.



CONSIDERANDO



Que la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, además de la competencia que tiene asignadas, ejercerá, en segunda instancia, la competencia como Corte de Apelaciones de Violencia contra la Mujer de este Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, conforme a la referida resolución.



CONSIDERANDO



Que los jueces o juezas en función de control, del Juzgado de Primera Instancia (penal ordinario), de este Circuito Judicial, cuyas competencias en materia de delitos de violencia contra la mujer fueron suprimidos por el articulo 3 de la Resolución 2007-0054 de fecha 12 de diciembre de 2007, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, realizaron el inventario de causas por delitos de violencia contra la mujer y ordenaron su distribución a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos Penales del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui para su distribución o envió a los Tribunales competentes de conformidad con lo dispuesto en la referida resolución.





CONSIDERANDO



Que en fecha 30 de enero de 2009, fue inaugurada la infraestructura de la sede del Tribunal de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, y se doto a los jueces de los recursos para el cabal funcionamiento del referido Tribunal.



CONSIDERANDO



Que el día de hoy 19 de febrero de 2009, se completo la instalación efectiva del sistema organizacional Juris 2000 en el Tribunal de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui.



RESUELVE:



PRIMERO: El inicio de las actividades administrativas y jurisdiccionales en el Tribunal de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui así como en la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, en la competencia para conocer de los delitos de violencia contra la mujer, para el día viernes veinte (20) de febrero de dos mil nueve (2009), a partir de las 8:30 de la mañana.



SEGUNDO: Se crea el sistema de guardia para el Tribunal de Violencia contra la Mujer en función de Control, Audiencia, y Medidas del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, conformado de acuerdo a un cronograma que debería elaborar la Presidencia de este Circuito Judicial Penal, y se ordena remitirlo a los distintos órganos jurisdiccionales, y entes administrativos que corresponda.









TERCERO: La Corte de Apelaciones y el Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, en sus distintas funciones fijara a l
 
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL



Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui

Barcelona, 19 de Febrero de 2009

198º y 149º





ASUNTO PRINCIPAL : B101-I-2009-000001

ASUNTO : B101-I-2009-000001





RESOLUCIÓN N° 02/2009



Quien suscribe, DRA. GILDA COROMOTO MATA CARIACO, Jueza Presidenta del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui en uso de las atribuciones que me confiere el articulo 534 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el 553 Ejusdem.





CONSIDERANDO



Que por Resolución N° 2007-054 de fecha 12 de diciembre de 2007 emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, se procedió a implementar el Tribunal de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, el cual forma parte de este Circuito Judicial Penal.







CONSIDERANDO



Que el Tribunal de Violencia contra la Mujer de este Circuito Judicial se encuentra ubicado en el edificio sede de los Tribunales Penales del Barcelona, y esta constituido en primera instancia por dos (02) jueces especializados en función de control, audiencia y medida; y una (01) jueza especializada en función de juicio; designados según las Resoluciones N° 2008-0047 y 2008-0055, emanadas de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia de fechas 17 de abril de 2008, y 06 de mayo de 2008.



CONSIDERANDO



Que la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, además de la competencia que tiene asignadas, ejercerá, en segunda instancia, la competencia como Corte de Apelaciones de Violencia contra la Mujer de este Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, conforme a la referida resolución.



CONSIDERANDO



Que los jueces o juezas en función de control, del Juzgado de Primera Instancia (penal ordinario), de este Circuito Judicial, cuyas competencias en materia de delitos de violencia contra la mujer fueron suprimidos por el articulo 3 de la Resolución 2007-0054 de fecha 12 de diciembre de 2007, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, realizaron el inventario de causas por delitos de violencia contra la mujer y ordenaron su distribución a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos Penales del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui para su distribución o envió a los Tribunales competentes de conformidad con lo dispuesto en la referida resolución.





CONSIDERANDO



Que en fecha 30 de enero de 2009, fue inaugurada la infraestructura de la sede del Tribunal de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, y se doto a los jueces de los recursos para el cabal funcionamiento del referido Tribunal.



CONSIDERANDO



Que el día de hoy 19 de febrero de 2009, se completo la instalación efectiva del sistema organizacional Juris 2000 en el Tribunal de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui.



RESUELVE:



PRIMERO: El inicio de las actividades administrativas y jurisdiccionales en el Tribunal de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui así como en la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, en la competencia para conocer de los delitos de violencia contra la mujer, para el día viernes veinte (20) de febrero de dos mil nueve (2009), a partir de las 8:30 de la mañana.



SEGUNDO: Se crea el sistema de guardia para el Tribunal de Violencia contra la Mujer en función de Control, Audiencia, y Medidas del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, conformado de acuerdo a un cronograma que debería elaborar la Presidencia de este Circuito Judicial Penal, y se ordena remitirlo a los distintos órganos jurisdiccionales, y entes administrativos que corresponda.









TERCERO: La Corte de Apelaciones y el Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, en sus distintas funciones fijara a las
 
Fecha de Publicación:
  19/02/2009
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