Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la circunscripción judicial del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: SIN LUGAR el Recurso de Hecho ejercido por por la abogada JUDITH MILENA MORENO SABINO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 88.272, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano HECTOR ALFREDO CARRILLO MORILLO, titular de la cédula de identidad N° V-14.404.847 en contra del auto proferido por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial de fecha 29 de diciembre de 2025, que negó oír el recurso de apelación ejercido en contra de la actuación de fecha 19 de diciembre de 2025, mediante la cual niega la ampliación de la medida innominada solicitada por la parte actora. Así se decide.