Por las consideraciones antes expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, LCDO. DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 253 de la Carta Magna, y por ministerio del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: Las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarle su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadano ANA MARLE MORALES DE LOBO quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.893.975, a los ciudadanos JESUS ALBERTO LOBO RAMIREZ, JESUS ALEXANDER LOBO MORALES, RICHARD ALBERTO LOBO MORALES, y GRISEIDA CONSUELO LOBO MORALES venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-2.138.975, V-5.685.450, V-8.249.103, y V-5.685.4.....