III
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Rodríguez y San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta de conformidad con los artículos 526 y 527 del Código de Procedimiento Civil:
PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO sobre bienes muebles e inmuebles, propiedad de los ciudadanos EDUARDO VALERIO MOYA y DAMARIS MARIA MOYA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nrosº V-25.321.908 y V-8.470.397 hasta cubrir la suma de SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 60.000,00) o su equivalencia en dólares americanos de conformidad con la tasa establecida por el Banco Central de Venezuela (BCV), monto que comprende el doble de la suma demandada de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,00).Así se establece. –
SEGUNDO: En cuanto a la comisión por concepto de derec.....