DECISIÓN
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la circunscripción judicial del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Hecho ejercido por las abogadas LISBETH FIGUERA CUMANA y ELIS MARIBEL MOLINA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 27.538 y 46.749, respectivamente, actuando en su carácter de apoderadas judiciales del ciudadano GUSTAVO JESÚS DEL CARMEN MUNDARAIN SUBERO, en contra del auto proferido por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 12 de mayo de 2026, en el que negó oír el recurso de apelación ejercido contra la decisión de fecha 17 de abril del 2026, sobre la nulidad de lo decido por el Tribunal en fecha 27 de febrero de 2026 en el expediente BH03-X-2025-000028 (Tercería). Así se decide. SEGUN.....