DECISIÓN
Por los razonamientos que antecede, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por los abogados en ejercicio ALBERTO JOSE MAURERA MORALES Y ERNESTO JOSE MORA CONTRERAS, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 291.197 y 147.758, respectivamente, en representación de los derechos del ciudadano RONALD ALEXANDER CARRASQUEL TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.786.656, en contra de la sentencia de fecha 15 de octubre de 2024 emanada del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Así se decide.
En razón de no apreciar temeridad en la presente acción, con fundamento en el artículo 33 de la Ley .....