Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Aragua, Sir Arthur Mc Gregor y Santa Ana de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos MANUEL CRISTOBAL SANTAELLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 12.254.407, correo electrónico manuelsantaella374@gmail.com, teléfono 0414-839.02.27, con domicilio en Calle Las Delicias, Sector Barrio La Cruz, Aragua de Barcelona, Municipio Aragua del Estado Anzoátegui y YAMILETH DESIREE FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 16.064.065, correo electrónico yf9575@gmail.com, teléfono 0424-869.71.96, con domicilio en Calle Bermúdez, casa N° 41, Sector Caiguita, Aragua de Barcelona, Munici.....