DISPOSITIVO
Por todos los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE por la materia para el conocimiento de la presente demanda, ordenándose remitir expediente original a la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos del Estado Zulia, bajo oficio en la oportunidad legal correspondiente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a los dieciséis (16) días del mes de septiembre del año 2026. Años 215° de la Independencia y 167° de la Federación. -
EL JUEZ SUPLENTE,
ABOG. JUAN C. MORENO Z. -
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