´III
DECISIÓN
Con base a los razonamientos de hechos y de derechos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipio Simón Rodríguez y San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede El Tigre, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: La Reposición de la causa al estado donde se hace constar el fallecimiento del causante LELIO BONANNI. Así se decide. -
SEGUNDO: Se declaran nulas todas las actuaciones a partir de la fecha 10/01/2023, inclusive, excepto el auto de abocamiento de fecha 17/04/2024. Así también se decide.
Publíquese y Regístrese, incluso en la página web oficial del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve. Déjese copia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil......