DECISIÓN
Por todas las razones expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada MARGOTH CALDERON ARAGUAINAMO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 91.165, actuando como apoderada judicial de la ciudadana DELYS MIREYA FERNANDEZ de HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.305.406, en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de fecha treinta y uno (31) de octubre de dos mil veinticinco (2025), por medio de la cual declaró INADMISIBLE la demanda de NULIDAD DE CONTRATO DE COMPRA VENTA inco.....