Ahora bien, analizados como han sido los recaudos aportados por la solicitante ciudadana MERCEDES OTILIA GONZALEZ DE PEREZ, antes identificada, se evidencia que las citadas bienhechurías se encuentran enclavadas en un terreno propiedad del municipio Aragua del Estado Anzoátegui, cuyas medidas y linderos se desprende del CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO CATASTRAL, signado D.C.M. 2.022-47, expedido en fecha 30/03/2.022, por la Dirección de Catastro del Municipio Aragua del Estado Anzoátegui (folios 03 y 04). Este Tribunal valora las declaraciones rendidas en fecha Diecinueve (19) de Mayo de 2.022, por las ciudadanas: CARMEN ROSA MARTINEZ HERNANDEZ y PETRA PRADO VELASQUEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 8.496.189 y V- 9.074.359, respectivamente, domiciliadas la primera en la Calle Bolívar, Sector Casco Central, casa N° 83 y la segunda en la Calle Principal Manga de Coleo, Sector Manga de Coleo, casa s/n., ambas en Aragua de Barcelona, Municipio.....