III
DECISIÓN
Por los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Rodríguez y San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, declara: CON LUGAR la inhibición planteada por el ciudadano ARMANDO JOSE GONZALEZ BRAVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-27.076.378, en su condición de Alguacil de este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Rodríguez y San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, interpuesta por la ciudadana MILAGROS DEL CARMEN ADRIAN SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la ce.....