JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, con sede el Tigre, invocando la sabiduría del Supremo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda que Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, incoará la ciudadana CLARA ROSA ORTEGA MACHUCA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.121.834; debidamente representada por la Procuradora de Trabajadores abogada MARIANN TIRADO GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 144.052, e intentan formal demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, en contra de la entidad de trabajo OPTIGRAM, C.A. RIF. V-41209998-1; en consecuencia, se condena a pagar a dicha entidad de trabajo OPTIGRAM, C.A., la cantidad de BOLÍVARES CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO CON SETENTA y DOS CÉ.....