´Por todos los fundamentos antes expuesto éste JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLRA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana GLADYS JOSEFINA GRATEROL DE ORDOÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-2.971.603, y domiciliada en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, incoó formal demanda contra la Sociedad Mercantil YSAMAR, S.A., representada por el ciudadano RAUL PILO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-2.101.876, y de este domicilio, por motivo de PRESCRIPCION EXTINTIVA DE HIPOTECA, en consecuencia, se declara Extinguida la Hipoteca de Segundo Grado constituida por la ciudadana GLADYS JOSEFINA GRATEROL DE ORDOÑEZ, a favor de la Sociedad Mercantil YSAMAR, S.A., registrada por ante la.....