En consecuencia, este Tribunal de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA POR INCUMPLIMIENTO LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS, decretadas por este Tribunal, en fecha 30-08-03, de conformidad con el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal; y en consecuencia se ACUERDA EXPEDIR ORDEN DE CAPTURA AL ACUSADO EULISES ALBERTO LOPEZ LOPEZ, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 14-931-808, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 08-07-1976, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Utilito, hijo de Doroteo López (v) y Ángela Teodora López (v), residenciado en el Rincón calle los olivos, casa N° 19-B, Vía San Diego, Estado Anzoátegui. SEGUNDO: Se Decreta Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad en contra del acusado EULISES ALBERTO LOPEZ LOPEZ, de conformidad con los artículos 250 y 251 del Códig.....