Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA a favor a la ciudadana: ANEIRA DEL PILAR MARCANO DE MAZZOCCHI, extensiva para sus hijas ANEIRET, RENEIRA, BERNAIRET MAZZOCCHI y los nietos Augusto Puerta, Josuander Marcano y Luis Alejandro Guanare, y señalo la Dirección en el Sector La Florida, Cuarta Calle, Primera Transversal, Casa N° 5, Anaco, Estado Anzoátegui, como lo ha señalado el Representante del Ministerio Público, considera pertinente acordar Medida de Protección a su favor, conforme a lo dispuesto en los artículos 30 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 120 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal.
PRIMERO: Oficiar al ciudadano Director de la Policía Municipal de Sotillo del Estado Anzoátegui, .....