En base a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, actuando en sede constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la presente acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Guillermo Marcano, debidamente asistido por el Abogado Jesús Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.414, contra Sociedad Mercantil CARIBBEAN MANNING GROUP, C.A.