se Decretó MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor de los imputados JOHMNY ANDRES BRITO DIAZ, titular de la cédula de identidad No. V-26.346.477, por la presunta comisión del delito de USO DE FACSIMIL DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 114 de la Ley Para el Desarme y Control de Armas y Municiones; consistente en presentación cada 30 días por ante la oficina de Alguacilazgo; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 242 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal.