Por los razonamientos antes señalados este Tribunal de Control N° 02, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. ACUERDA: PRIMERO: SUSPENDER EL PRESENTE PROCESO con respecto al Joven IDENTIDAD OMITIDA, hasta  que sea debidamente acreditada su muerte. SEGUNDO: CONTINUAR EL PRESENTE PROCESO  con respecto al Joven IDENTIDAD OMITIDA por el delito de Robo Agravado, que se señala cometido en perjuicio de los ciudadanos  JOSE MIGUEL LEON VALLEJO, ELVIS DEL CARMEN HERNANDEZ y JACQUELINE CARIAMANA, y una vez vencido el lapso correspondiente Fijar la Audiencia Preliminar respectiva. Se ordena compulsar por secretaría a los fines de Separar el presente asunto. Todo   de   conformidad   con los artículos 26 y 49 numeral 3, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,  en relación con los artículos 555 y 571 ambos de la Ley Orgánica para la Protección.....