...este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE IN LIMINE LITIS la acción de Amparo Constitucional interpuesta por la empresa SEA-TRADE SERVICES, C.A. contra la providencia número R-41-13, de fecha 22 de enero del 2013, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Sotillo, Guanta y Urbaneja del Estado Anzoátegui, en conformidad con el artículo 6, ordinal "5" de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales...-