Con vista de las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de indemnizaciones provenientes de enfermedad ocupacional, incoada por el ciudadano SIMON WENCESLAO MIRANDA, en contra de la empresa TRANSPORTE YELAMO, C.A. y CON LUGAR, la tercería propuesta la demandada respecto de la empresa PETROLERA ZUATA, C.A. ( PETROZUATA), la cual se considera solidariamente responsable de las obligaciones condenadas.