DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anterior, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la Fiscal Auxiliar Décima Octava del Ministerio Público Abogada JOANNY LISTA, en contra de la aludida decisión dictada en la celebración de la audiencia de presentación; recurso de apelación interpuesto de conformidad con lo establecido en el artículo 374 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se revoca el dispositivo denominado "SEGUNDO" de la decisión emitida por el Juzgado del Municipio San José de Guanipa, actuando en funciones de Control de Responsabilidad Penal Sección Adolescentes del Estado Anzoátegui, dictado en fecha 09 de Marzo de 2011, mediante la cual decretó MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, de conformidad con lo previsto en el artículo 582.....