Por lo antes expuesto, éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio por Cobro de Bolivares por Intimación, intentado por el Abogado LUIS J. VILLARRROEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.175, actuando en su carácter de endosatario en Procuración, en contra del ciudadano JOSE GUZMAN PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identiad N° V-4.216.739, y así se declara.-