En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Segundo de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL ABANDONO DEL TRAMITE , en la presente demanda de OBLIGACION DE MANUTENCION, por la Fiscal Décimo Tercero (a) para la Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, ABG. LORYANA DECENA RAMIREZ, a requerimiento de la ciudadana SORANA DEL VALLE DECEDA RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.710.038, a favor de sus hijas: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , en contra del ciudadano LUIS MANUEL PEREIRA, venezolano, mayor.....