Este Tribunal valora las declaraciones de los testigos: ALAIN RAFAEL MATUTE URBAEZ y JUAN LUIS GUARIMATA ZACARIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Números V- 12.504.475 y V- 11.144.520, respectivamente, domiciliado el primero en la Avenida Anzoátegui, Sector Casco Central, casa 71, de la ciudad Aragua de Barcelona, Municipio Aragua del Estado Anzoátegui, y el segundo en la Calle Bosque de Viene, Sector Bosque de Viene, casa Nº s/n, de la ciudad Aragua de Barcelona, Municipio Aragua del Estado Anzoátegui, quienes fueron hábiles y contestes en sus testimoniales cursantes al folio Veintitrés (23), y no habiendo oposición de terceros, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARAGUA, SIR ARTHUR MC-GREGOR Y SANTA ANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Articu.....