Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Juan de Capistrano de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentada por el ciudadano CRISTHIAM ABREU, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.784.508 en contra de COMPAÑÍA ANONIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELECTRICO (CADAFE), Sociedad Mercantil domiciliada en la ciudad de Caracas, originalmente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Primera Circunscripción Judicial de fecha 27 de octubre de 1.958, bajo el Nº 20, Tomo 33-A actualmente CORPORACIÓN ELECTRICA NACIONAL, S.A (CORPOELEC); en consecuencia, PRIMERO: Se ordena a la CORPORACIÓN ELECTRICA NACIONAL, S.A (CORPOELEC) a dar cumplimiento al contrato de arrendamiento por haber vencido la prorroga legal y proceda .....