Por los fundamentos antes expuestos, y en atención a los hechos particulares de la presente causa y al derecho aplicable, este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso de Apelación distinguido como BP02-R-2024-000007, ejercido por los ciudadanos Abogados ANA JACINTA DURAN y GLENAL GONZALEZ, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 21.203 y 265.802, respetivamente, actuando en este acto en su carácter de Apoderados Judiciales de la ciudadana YULIMAR DEL CARMEN GONZALEZ MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.560.822; en contra de la Sentencia Interlocutoria que Declara Reponer la causa de DIVORCIO CONTENCIOSO, dictada en fecha 18/03/2024, por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediació.....