Este Tribunal de Violencia Contra la Mujer, en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, una vez oída las partes decide, PRIMERO: Oída la exposición libre y voluntaria de la acusada MARIA ENEIDA MEDINA DE OVALLE, por la comisión de los delitos de TRATA DE ADOLESCENTES, establecidos en los artículos 56 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia y TRATO CRUEL POR OMISION DE CRIANZA, previsto y sancionado en el articulo 254 de la ley orgánica para la protección de niña niño y adolescente, cometido en perjuicio K.A.M, Y.I.M.M Y I.C.C (IDENTIDAD OMITIDA), siendo la presente sentencia CONDENATORIA; en consecuencia este Tribunal pasa imponer la pena que a continuación se pasa a calcular de la forma siguiente: para el delito de TRATA DE ADOLESCENTES, establecidos en los artículos 56 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las.....