En base de las consideraciones de hecho y de derecho antes expuesta, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el presente juicio de PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, que hubiere incoado el ciudadano FELIX JAVIER GUZMAN, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 12.681.716, y de este domicilio, a través de sus apoderados judiciales ciudadanos: ALEJANDRO VIVAS, AMARILIS DE VIVAS y JUVENCIO VIVAS RUJANO, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 157.104, 42.509 y 42.149, respectivamente y de este domicilio, contra la ciudadana FLORANNIE DEL VALLE MARQUEZ VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14. 764.012, y de este domicilio, Declara: Improcedente la solicitud de reposición de.....