SE ORDENÓ LA REFORMULACION DEL COMPUTO DE LA MEDIDA DE PRIVACION DE LIBERTAD, impuesta al sancionado D.E.C.G. , por el Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Rodríguez y San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto en el articulo 458 del código penal, en perjuicio de la ciudadana YAMILE JOSEFINA MALAVE, de la cual ha cumplido UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES, y como quiera que el mismo fue sancionado con la medida de PRIVACION DE LIBERTAD, por el lapso de DOS (02) AÑOS, en consecuencia le faltaría por cumplir el lapso de SEIS (06) MESES, siendo la fecha probable del cumplimiento de la sanción el 01 de Febrero de 2018, todo de conformidad con la ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en sus artículos 614, 629, 646, y 647 literales a) e) y f).