En consecuencia, este Tribunal de Control N° 07 del Circuíto Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA PRIMERO: AUTORIZAR LA INTERCEPTACION DE LLAMADAS del móvil celular telcel 0414-2389813, que pertenece supuestamente a un Funcionario de la Policía del Estado Anzoátegui de nombre LEONEL SALAVARRIA. SEGUNDO: La interceptación se hará mediante cámara de video Audiovisual, y fijaciones a traves de cámara fotográfica, Marca Camón 20mm, Serial 830357920, por un lapso de treinta (30) dias. Dicha actuación se practicará dentro del perímetro de la Zona Metropolitana Barcelona- Puerto La Cruz- Guanta.- TERCERO: "La grabación autorizada será de uso exclusivo de las autoridades encargadas de la investigación; siendo estos Funcionarios: el Cabo Segundo QUIJADA CARVAJAL JUAN, titular de la Cédula de Identidad N° 8.297.584 y Distiguido MONJES BERMUDEZ ANTONIO, titular de la Cédula de Ident.....